Aparato de gas natural - Calentador de agua residencial - CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
PUGET SOUND ENERGY COMPANY («Compañía») y el cliente que se menciona a continuación («Cliente») celebran este Acuerdo, en virtud del cual la Compañía alquila al Cliente el aparato que se identifica a continuación («Aparato») para su uso en el lugar indicado («Instalaciones»). El Acuerdo comenzará el («Fecha de inicio»).
1. El Cliente alquila a la Compañía y la Compañía alquila al Cliente, dicho Electrodoméstico, durante un período de doce (12) meses a partir de la fecha de inicio y, posteriormente, hasta que cualquiera de las partes lo rescinda mediante un aviso por escrito a la otra parte con (30) treinta días de antelación, sujeto a los términos y condiciones que figuran a continuación. El cliente se compromete a pagar el alquiler previsto en las tarifas de la Compañía presentadas ante la Comisión de Servicios Públicos y Transporte de Washington, según se modifique de vez en cuando (actualmente en dólares al mes), cualquier impuesto, cuando corresponda, en la fecha de vencimiento de la factura actual del servicio de servicios públicos en las instalaciones o antes. Estos alquileres pueden ser cargos en los estados de cuenta de los servicios públicos.
2. El cliente declara que es el propietario o el comprador por contrato de las instalaciones. El Cliente acepta que el Aparato es y seguirá siendo propiedad de la Compañía sin ningún derecho de retención o reclamación por parte del Cliente o de cualquier tercero. El Cliente no quitará ni ocultará la etiqueta del Aparato que identifica al mismo como propiedad de la Compañía.
3. Este Acuerdo está sujeto a la aceptación por parte de la Compañía, que se asumirá a menos que se notifique el rechazo por escrito al Cliente en un plazo de veinte (20) días a partir de la fecha de inicio del presente documento.
4. El Cliente acepta que, dado que la Compañía no tiene control sobre el uso del Aparato, la Compañía no será responsable ante el Cliente por ninguna reclamación de cualquier naturaleza que surja del uso o el estado del Aparato, excepto que la Compañía acepta ser responsable de mantener el Aparato, a expensas de la Compañía, en un estado de funcionamiento eficiente cuando el Cliente lo notifique. Sin embargo, dicho mantenimiento no incluirá ningún trabajo que sea necesario por la acción o la negligencia del Cliente o por causas o condiciones ajenas al Aparato y que no estén bajo el control de la Compañía. El mantenimiento de la Compañía no se extenderá a los accesorios o accesorios del Cliente.
5. El cliente se compromete a utilizar el aparato únicamente para los fines habituales previstos, utilizando agua corriente del grifo y un suministro de aire no corrosivo en condiciones atmosféricas estándar. El Cliente también se compromete a no manipular, ajustar, reparar ni reubicar el Aparato sin obtener el permiso previo por escrito de la Compañía, siempre que el Cliente pueda reajustar la configuración de temperatura del Aparato en la medida permitida por la ley, actualmente RCW 19.27.130. La reubicación del Aparato, cuando la Compañía lo apruebe, correrá a cargo del Cliente y solo la realizará la persona o personas aprobadas por la Compañía. Tras la rescisión de este arrendamiento, el Cliente entregará el Aparato a la Compañía en las mismas condiciones en las que se encontraba el Aparato en el momento de la instalación, excepto el desgaste normal. Tras dicha rescisión, se permitirá a los representantes de la Compañía entrar en las instalaciones con el fin de retirar el Aparato.
6. Sin perjuicio del párrafo 1, la Compañía, sin perjuicio de cualquier otra reclamación que pueda tener en virtud del presente documento, podrá rescindir este Acuerdo e ingresar a las instalaciones y desconectar y retirar el Aparato, si se dan una o más de las siguientes condiciones: (a) el Cliente incumple cualquier término de este Acuerdo; (b) el Cliente no paga los cargos de alquiler tal como se establece en este documento dentro de los 30 días posteriores a la fecha de vencimiento y pago de dichos cargos; (c) el Cliente deja de ser un cliente de servicios públicos de la Compañía; (d) El aparato se usa con un suministro de agua o aire contaminados; o se usa en un aire presión inferior a la presión atmosférica normal: (e) no es razonablemente posible un funcionamiento satisfactorio; (f) el cliente no paga el gas suministrado por la Compañía; o (g) el aparato debe reemplazarse y el Cliente no desea pagar los costos aplicables, si los hubiera, de instalación, reubicación y/o actualización del código.
7. Si las instalaciones se van a vender o transferir, el Cliente deberá, al menos treinta (30) días antes de dicha venta o transferencia, (a) notificar a la Compañía dicha venta o transferencia y (b) notificar al posible comprador que la Compañía es propietaria del Aparato, se lo alquila al Cliente y que puede retirarlo en el momento de la venta o la transferencia, a menos que se tome otro acuerdo. No obstante lo dispuesto en el párrafo 1, la Compañía podrá, tras la venta o la transferencia, rescindir inmediatamente este Acuerdo e ingresar a las instalaciones para retirar el Aparato.
8. El Cliente se compromete a indemnizar y eximir de toda responsabilidad a la Compañía de cualquier pérdida o daño o reclamación por pérdidas o daños a personas o bienes que se deriven del uso o el estado del Aparato. El cliente también indemnizará Compañía contra la pérdida o el daño del aparato, se espera un desgaste normal.
9. En el caso de que un electrodoméstico comercial arrendado se instale en un lugar que no sea el nivel de la calle o si existiera alguna otra condición extraordinaria, el Cliente se compromete a pagar todos los costos y cargos asociados necesarios para retirar o cambiar el electrodoméstico arrendado.
10. LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR LA EMPRESA EN VIRTUD DEL PÁRRAFO 4 DE ESTE ACUERDO SUSTITUYEN A TODAS LAS DEMÁS OBLIGACIONES O GARANTÍAS QUE SURJAN DE LA LEY O DE OTRO TIPO, INCLUIDAS, ENTRE OTRAS, LA GARANTÍA IMPLÍCITA DE COMERCIABILIDAD Y LA GARANTÍA IMPLÍCITA DE APTITUD. POR LA PRESENTE, EL CLIENTE ACEPTA EL APARATO «TAL CUAL» Y ACEPTA QUE LA COMPAÑÍA NO SERÁ RESPONSABLE DE NINGÚN DAÑO INCIDENTAL O CONSECUENTE A PERSONAS O PROPIEDADES QUE PUEDA SURGIR EN RELACIÓN CON EL ELECTRODOMÉSTICO O EN RELACIÓN CON CUALQUIER RETRASO POR PARTE DE LA COMPAÑÍA EN EL DESEMPEÑO DE SUS FUNCIONES DE CONFORMIDAD CON EL PÁRRAFO 4 DEL PRESENTE DOCUMENTO.